Sesión 27 de abril: Acta de Labor Parlamentaria

24/04/2021

Este martes se llevará a cabo la cuarta Sesión Ordinaria de la Cámara Baja, la que se desarrollará bajo modalidad remota o por medios virtuales, con estrictos protocolos sanitarios en virtud de la pandemia.

La convocatoria al nuevo Plenario del Cuerpo, bajo modalidad remota, se acordó con la totalidad de los titulares de los distintos Bloques políticos.

I- SENADO

Proyecto de Ley nuevamente en revisión: Expte. N° 91-39.683/18.

Propone regular el Ejercicio de la profesión denominada “Acompañante Terapéutico”.

Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Legislación General.


II- DIPUTADOS

1. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-43.774/21. Iniciativa legislativa de la Procuración General de la Provincia.

Creación de una Fiscalía Penal especializada en Incidentes y Seguridad Viales.

Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve síntesis: La iniciativa surge de la necesidad de fortalecer la capacidad de respuesta del Ministerio Público Fiscal de la Provincia en la persecución penal estratégica en materia de incidentes de tránsito y seguridad vial, por tratarse de una problemática actual que requiere e interpela el accionar de los organismos públicos. En efecto, el propósito es fijar una perspectiva institucional adecuada para el tratamiento de los delitos vinculados al tránsito y a la seguridad vial, en el entendimiento que resulta indispensable dotar de instrumentos y metodologías de actuación sobre la base de las características específicas de esta clase de hechos, sus autores y sus víctimas, con miras a hegemonizar y proveer de mayor eficiencia y celeridad a la intervención fiscal. La puesta en funcionamiento de esta Fiscalía especializada, será un hito a nivel nacional ya que será la primera en crearse por ley en la República Argentina, lo cual representará un avance significativo en materia de seguridad vial en la Provincia.


2. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-43.718/20.

Propone modificar los artículos 3º inciso b), y 5° de la Ley 7927 – Régimen de Reconocimiento al Mérito Deportivo.

Autores: Dips. Esteban Amat Lacroix, Patricia Hucena, Mario Moreno, Marcelo Oller Zamar, Martín Pérez y Germán Rallé. (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Cultura y Deporte; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El contexto de pandemia en que estamos viviendo se visibilizó la real situación de los ex boxeadores muchos de ellos ex campeones que tenían como único medio de vida enseñar boxeo en gimnasios propios u dependientes del Estado. Es el boxeo un deporte de mucho sacrificio corporal, por lo que las carreras profesionales de los atletas son de corta duración, por lo cual la exigencia del inc. b) de la Ley 7927 resulta excesiva, ya que la vida útil de un boxeador profesional es de 15 años, desde su debut profesional a los 20 hasta los 35 años. Por otra parte se destaca que un detalle para tomar en cuenta y también replicable para estos ex campeones, es que actualmente en la federación de boxeo es requisito indispensable que para realizar los trámites de solicitud de la licencia profesional el atleta debe anotarse como monotributista social lo cual le servirá con el tiempo para obtener una jubilación, pero hace 2 años que se implementó por lo que quedaron fuera los que ya se retiraron y no tienen ningún trabajo en relación de dependencia y aún están lejanos en la edad jubilatoria que exige el régimen nacional, se debería alentarlos a inscribirse ya que es importante que este beneficio no sea incompatible con otro beneficio o jubilación o pensión que se otorgue a nivel nacional.


3. Proyecto de Declaración: Expte. N° 91-43.852/21.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, provea ambulancias para el Centro de Salud N° 22 de la localidad Vaqueros, y para el Hospital "Enfermera Corina Adela Bustamante" de La Caldera.

Autor: Dip. Gustavo Pantaleón (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; y de Hacienda y Presupuesto. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción)

4. Proyecto de Ley: Expte. N° 91- 43.752/20

Propone adherir a la Ley Nacional 27.590 “Mica Ortega” por la cual se crea el Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso.

Autora: Dip. Noelia Rigo (Bloque Salta Tiene Futuro).

Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El proyecto de Ley tiene por objeto establecer la adhesión de la Provincia de Salta a la Ley Nacional 27.590 que establece la creación del Programa Nacional de Prevención y Concientización del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes, a través del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la capacitación de la comunidad.Dicha norma se denomina “Mica Ortega” en alusión al trágico caso de una niña de 12 años que fue engañada y asesinada en el año 2016 por un hombre de 26 años, Jonathan Luna, a través de un perfil falso en la red social Facebook. El victimario se hizo pasar por una niña de la misma edad de Micaela, con el objetivo de ganarse su confianza para lograr reunirse con la menor y abusar sexualmente de ella.


5. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-44.000/21.

Propone modificar el artículo 10 de la Ley N° 3552, denuncias de herencias vacantes.

Autor: Dip. Mario Moreno (Bloque Salta Tiene Futuro).

Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El proyecto de Ley tiene por objeto modificar la Ley N° 3552 que establece el Régimen de Herencia Vacante en la Provincia de Salta, que en su artículo 10 dispone como debe repartirse lo producido por el remate de los bienes vacantes que ingresan al patrimonio del Estado Provincial. La finalidad es actualizar a los beneficiarios de dicha suma, manteniendo la idea de priorizar el fomento de la cultura y el arte; cambiando al Consejo de Educación por el otorgamiento de becas estudiantiles e incorporando a las ONG`s que tengan trayectoria en el trabajo en beneficio de personas con discapacidad.


6. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-41.834/20.

Propone crear el Municipio Coronel Cornejo con jurisdicción en el departamento General San Martín, previo cumplimiento de lo previsto en el artículo 170 de la Constitución Provincial.

Autores: Dips. Luis Hoyos, Ana Laura Córdoba y Franco Hernández (Bloque Frente para la Victoria).

Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Municipales; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

Breve Síntesis: El presente proyecto de Ley responde a una sentida necesidad de los pobladores de la localidad de Coronel Cornejo, con la intención de administrar su propia vida pública, de constituirse como municipio con todos los derechos y obligaciones que este nuevo estatus genera. Dicha iniciativa ya fue presentada en varias oportunidades, tanto en el año 2.015 como en el 2.017, por entonces diputado Eduardo Leavy; pero lamentablemente en ambas oportunidades perdió estado parlamentario.

7. Proyecto de Declaración: Expte. N° 91-42.388/20.

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial realice convenios con la Municipalidad de Salta, para que a través de la Panadería Social se provea del producto alimenticio a los albergues, donde se alojan personas del interior de la Provincia que llegan a la ciudad de Salta para realizar tratamientos médicos o internaciones.

Autor: Dip. Adrián Valenzuela (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Municipales; y de Salud.

8. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-43.843/21.

Propone que las empresas sociales previstas en la Ley N° 8.072 y por lo dispuesto en el Decreto 1.692/13, podrán ofrecer bienes o prestar servicios en el ámbito de los organismos de la Administración Pública Provincial Centralizada o Descentralizada, Entes Autárquicos y Sociedades del Estado, bajo las modalidades de contratación pública establecidas en las leyes pertinentes.

Autor: Santiago Godoy (Bloque Justicialista).

Sin dictámenes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; de PyMES, Cooperativas y Mutuales; de Obras Públicas; y de Legislación General.

Breve Síntesis: Debe entenderse que las cooperativas que tienen su inscripción en la Dirección de Cooperativas de la Provincia y en el Instituto Nacional de Empresas Sociales de la Nación están organizadas y reconocidas por ambos y prestan servicio de manera precaria y sin organización alguna en la provincia de Salta. El objeto de esta Ley es incorporar un presupuesto necesario dentro de la administración pública para que bajo el sistema de contrataciones existente puedan las cooperativas desempeñar su tarea en todas las obras que según su capacidad puedan realizar y que sean ejecutadas por los diferentes Ministerios.

9. Proyecto de Ley: Expte. N° 91-42.641/20.

Propone modificar el artículo 128 de la Ley N° 5348, Ley de Procedimientos Administrativos.

Autora: Dip. Gladys Moisés (Bloque Cambiemos-PRO).

Sin dictamen de la Comisión de Legislación General.

Breve Síntesis: La modificación planteada se funda en la perentoriedad que la Ley N° 5348 establece para interponer recursos administrativos (art. 156), en el limitado horario de atención de las oficinas administrativas, en la forma de contar los intervalos del derecho prevista por el Código Civil y Comercial y en las discrepancias que en el ámbito jurídico existen sobre la vigencia del denominado “plazo de gracia” en el procedimiento administrativo salteño, lo que consecuentemente genera inseguridad jurídica y, con ello, afecta la efectiva protección del derecho de defensa de los ciudadanos.