17º Sesión Ordinaria: Acta de Labor Parlamentaria

19/07/2024

La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques Políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las Comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas para la 17º Sesión Ordinaria del corriente año, con el siguiente orden:

1. Expte. Nº 91-50.065/24. Proyecto de Ley: Propone instituir la segunda semana del mes de febrero de cada año como la “Semana de Prevención del Maltrato y Actos Crueles hacia los Animales”.

Autoría: Dip. Luis Albeza. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Breve fundamentación: La fecha elegida obedece a un caso de maltrato animal ocurrido el 9 de febrero de 2022 en la ciudad de Metán, y que provocó indignación en la provincia de Salta. Se trata de la muerte de un caballo que apareció ahorcado en la cancha de Vialidad, ubicada en la zona sur de Metán. El maltrato animal está contemplado en la Ley 14.346, que castiga con penas de 15 días a 1 año de prisión, a la persona que maltrate o haga víctima de actos de crueldad a los animales. Se considera necesario establecer la semana “Semana de Prevención del Maltrato y Actos Crueles Hacia los Animales”, con el fin de sensibilizar a la sociedad en la empatía hacia estos seres sintientes. El maltrato animal es un factor que predispone a la violencia social y, al mismo tiempo, una consecuencia de la misma. El Derecho Animal es el conjunto de normas que, de forma directa o indirecta, tienden a salvaguardar el respeto a la vida, la libertad y dignidad de todas las especies de seres sintientes no humanos que habitan nuestro planeta. Los animales no humanos están protegidos por dos leyes penales en Argentina. La Ley 14.346 “Malos tratos y actos de crueldad hacia los animales” y la Ley 27.330 “prohibición de carreras de perros”. Además muchas provincias cuentan con sus propias leyes de protección integral de los animales. Internacionalmente el derecho animal se encuentra amparado por la Declaración Universal de los Derechos del Animal, adoptado por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y por las Ligas Nacionales afiliadas tras la 3º Reunión sobre los derechos del Animal, Londres, 21 al 23 de setiembre de 1977. La declaración proclamada el 15 de octubre de 1978 por la Liga Internacional, las Ligas Nacionales y las personas físicas asociadas a ellas, fue aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y, posteriormente, por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

2. Expte. Nº 91-50.245/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, instrumente mecanismos para el desarrollo de la Producción Orgánica y Autosustentable Agroalimentaria, en el marco del fomento de la actividad de pequeños productores locales y de la agricultura familiar.

Autoría: Dip. Norberto Paz (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Producción; de PYMES y Economía Social; y de Hacienda y Presupuesto.

3. Expte. Nº 91-50.070/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que CoSAySa arbitre las medidas necesarias a efectos de realizar los trabajos pertinentes en la planta potabilizadora existente en el municipio La Poma.

Autoría: Dip. Ernesto Tapia (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.

4. Expte. Nº 91-50.262/24. Proyecto de Ley: Propone modificar los artículos 66, 67, 68 y 71 de la Ley 7135 - Código Contravencional de la Provincia de Salta-.

Autoría: Dip. Socorro Villamayor. (B. Salta Tiene Futuro).

Breve fundamentación: El presente proyecto de Ley aborda la temática de los animales sueltos en espacios públicos, particularmente en calles, caminos o rutas ya que allí resultan potencialmente peligrosos para quienes las transitan. Con el objetivo de desalentar la conducta imprudente o desaprensiva de permitir que los animales deambulen por los espacios mencionados, se propone agravar la sanción prevista en el Código Contravencional para los propietarios, poseedores o tenedores de los animales. Asimismo, se establece que el costo por los gastos de manutención por cada jornada quede fijado en el monto equivalente a dos días de multa, con la finalidad de que se reparen los gastos en los que incurren las dependencias estatales que se encuentran a cargo del cuidado de los animales que se encuentran deambulando. En otro sentido, se insta a que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Seguridad y Justicia, implemente acciones preventivas para evitar la presencia de animales sueltos, disponiendo además que el producido por el cobro de las multas sea destinado a la actividad mencionada. Resulta necesario arbitrar medidas para la tenencia responsable de animales ya sea que estén destinados a alguna actividad productiva o se trate de mascotas.

Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Seguridad y Participación Ciudadana; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.

5. Expte. Nº 91-49.566/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que SAETA arbitre las medidas necesarias para incorporar un servicio de línea desde San José de los Cerrillos hasta la Universidad Nacional de Salta y la Universidad Católica de Salta, por la autopista Circunvalación Oeste y Circunvalación Noroeste.

Autoría: Dip. Nicolás Taibo. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).

Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Municipales y Transporte; y de Hacienda y Presupuesto.

6. Expte. Nº 91-50.124/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por Salta realicen las gestiones correspondientes para rescindir el contrato de concesión a la empresa Corredores Viales S.A., suscripta el 31-1-2020 con el Estado Nacional, que tiene como objeto la realización de tareas de conservación y mantenimiento del corredor vial Ruta Nacional 9/34, tramo Metán - Rosario de la Frontera.

Autoría: Dip. Nancy Jaime. (B. Más Salta).

Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; y de Hacienda y Presupuesto.

7. Expte. Nº 91-49.598/24. Proyecto de Declaración: Preocupación sobre los pliegos elevados al Poder Ejecutivo Nacional a la Cámara de Senadores, en los cuales no se incluye la postulación de una mujer para la integración del máximo Tribunal de Justicia.

Autoría: Dip. Soledad Farfán. (B. Unión Cívica Radical).

Con dictamen de la Comisión de Mujer, Género, Diversidades, Niñas, Niños, Adolescentes y Familia; y sin dictamen de la Comisión de Legislación General.

8. Expte. Nº 91-50.149/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología realice jornadas y talleres de capacitación relacionadas a la educación inclusiva, en las escuelas de los niveles inicial, primario y secundario.

Autoría: Dip. Gustavo Orozco. (B. Cambia Salta - TAC)

Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; y de Hacienda y Presupuesto.

9. Expte. Nº 91-49.687/24. Proyecto de Ley: Propone instituir el programa “Acceso al Aprendizaje y Desarrollo Cultural de Salta” que establece como política pública la realización de talleres artísticos y culturales, como así también fijar espacios permanentes y provisorios para el desarrollo cultural de Salta.

Autoría: Dip. David Leiva. (B. Memoria y Movilización Social).

Breve fundamentación: El presente proyecto de Ley establece el marco adecuado y necesario para el Desarrollo Cultural en Salta, de todas las expresiones posibles de arte y cultura, no solo fijando actividades o talleres que lo promocionen y desarrollen, sino además estableciendo Circuitos Culturales permanentes y Espacios Públicos temporales. Resulta necesario así, propiciar espacios para desarrollar actividades artísticas en nuestra provincia, las expresiones artísticas en la vía y lugares públicos constituyen una de las más importantes manifestaciones culturales urbanas y en los últimos años han renovado el paisaje de las ciudades más importantes del mundo. Los espacios permanentes resultan, en definitiva, lugares de convocatoria diaria y regular, cita de muchos salteños y salteñas para desarrollarse o presenciar el desarrollo de nuestra cultura; los espacios temporales, parten del concepto de que hay expresiones artísticas que no cuentan con espacios públicos con una regulación específica para el desarrollo de actividades artísticas, estas se tornan dificultosas al confrontarse con normas referidas al uso de estos espacios, produciendo en muchas ocasiones controversias entre los artistas y las autoridades. Por ello nos inclinamos por un uso temporal, provisorio y excepcional, a los fines de generar áreas para las personas que exhiben su potencial creativo y mantener el orden en la convivencia social.

Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Cultura y Deporte; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.