La presente acta de labor parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas para la 13º Sesión Ordinaria del corriente año, con el siguiente orden:
1. Expte. Nº 91-49.904/24. Proyecto de Ley: Propone modificar el artículo 4º de la Ley 6710 – Ley del Deporte.
Autora: Dip. Pablo Gómez. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Breve fundamentación: El presente proyecto de Ley tiene por objeto modificar la Ley 6710, conocida como Ley Provincial del Deporte, promulgada hace más de 30 años. La reforma se plantea específicamente en relación al Consejo Provincial del Deporte, buscando ampliar la representación del mismo. En ese sentido, en cuanto al representante del Ministerio de Educación, se indica que este deberá ser un profesional que se desempeñe en la Coordinación de Educación Física, ya que desde ese lugar podrá articular con diferentes sectores con influencia directa en la materia. Se prevé, a su vez, que exista representación del Colegio de Profesionales en Educación Física y de ambas Cámaras Legislativas. Asimismo, se establece la posibilidad de incorporar personas que se desempeñen en el ámbito académico o en diferentes organizaciones de la sociedad civil con trayectoria deportiva. En otro sentido, y como cláusula transitoria, se propone que la autoridad de aplicación efectivice una herramienta clave de representación federal, instando en un plazo máximo de noventa días, a la conformación de los consejos departamentales, para lo que se deberá articular acciones necesariamente con los diferentes municipios.
Sin dictámenes de las Comisiones de Cultura y Deporte; y de Legislación General.
2. Exptes. Nº 91-49.918/24 – Proyecto de Ley y 91-49.884/24 – Proyecto de Declaración: Propone garantizar la implementación de una campaña de prevención sobre los riesgos perjudiciales del juego en línea mediante apuestas virtuales, para ser destinada a niños, niñas y adolescentes.
Autoría: Dips. Edgar Domínguez, Carlos Jorge, y Sen. Manuel Pailler; y Dip. Patricio Peñalba. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Breves fundamentación: El presente proyecto de Ley tiene como objeto garantizar que el Gobierno de la Provincia implemente diferentes acciones de visualización, prevención y concientización sobre la problemática de los juegos mediante apuestas virtuales en nuestras infancias y adolescentes. El juego online se ha convertido en una de las grandes adicciones del siglo XXI, es un flagelo que afectan de manera particular a nuestros adolescentes de nuestro país y de la provincia de Salta. Es más frecuente, justamente en las infancias y adolescencias, y con ello gran preocupación por el impacto y riesgos que ello conlleva en tan temprana edad. Dicha vulnerabilidad está dada por una combinación de factores, incluida su falta de madurez para evaluar adecuadamente los riesgos asociados con el juego, como la influencia de la publicidad, ya sea tradicional o digital, donde se promociona la actividad como ocio y cada más existe mayor accesibilidad del juego en línea. Asimismo, se debe resaltar que la ludopatía es una problemática de salud mental que debe. Por lo tanto, consideramos fundamental, implementar medidas efectivas y asertivas, en tanto a través de diferentes campañas de prevención, concientización, visualización y sensibilización dirigidas específicamente a este grupo demográfico, que son nuestras infancias y jóvenes. Éstas deberán incluir información y jornadas sobre los peligros del juego excesivo, es necesario proporcionar recursos y apoyo adecuado para aquellos que muestran signos problemáticos con el juego con la finalidad de intervenir tempranamente y evitar consecuencias más graves a largo plazo.
Sin dictámenes de las Comisiones de Prevención de Consumos Problemáticos; de Mujer, Género, Diversidades, Niñas, Niños, Adolescentes y Familia; de Educación; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
3. Expte. Nº 91-49.944/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, realice las gestiones necesarias para la implementación de medidas de prevención, control y seguimiento de la Langosta Sudamericana (Schistocerca cancellata) en el departamento Orán.
Autoría: Dip. Patricia Hucena. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Producción; de Hacienda y Presupuesto; y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
4. Expte. Nº 91-49.593/24. Proyecto de Ley: Propone adherir al “Día Internacional contra el Dengue” instituido por iniciativa de la Organización Mundial de la Salud, a celebrarse el día 26 de agosto de cada año.
Autoría: Dips. Víctor Lamberto y Juan Carlos Roque Posse (B. Salta Tiene Futuro).
Breves fundamentación: El 26 de agosto se celebra el Día Internacional contra el Dengue, instituido por la Organización Mundial de la Salud para crear conciencia en la prevención de esa enfermedad, transmitida por mosquitos. Según la OMS, en las últimas dos décadas, el número de casos notificados ha aumentado ocho veces, con una estimación de entre 284 y 528 millones de personas infectadas anualmente. Su aumento es significativo en las zonas urbanas y representa un importante desafío para la salud pública. Es endémico en más de 110 países y actualmente más de la mitad de la población mundial está en riesgo de contraer esta enfermedad. Salta enfrenta una preocupante situación con casi 8,000 casos de dengue registrados desde el comienzo del año. En la última semana epidemiológica, se confirmaron 1,465 nuevos casos, elevando el total del año 2023 a esta cifra. Los departamentos más afectados son Orán, San Martín, Capital, Rivadavia y General Güemes. Aunque se observa una disminución en los casos en General Güemes y Rosario de la Frontera, la situación general sigue siendo grave. La prevención y el control del dengue dependen exclusivamente de las medidas eficaces de lucha contra el vector transmisor, el mosquito. El proyecto justifica la importancia de establecer un día específico, en línea con las directrices de la Organización Mundial de la Salud, con el propósito de crear conciencia, promover la prevención y garantizar el tratamiento adecuado de la enfermedad para evitar posibles complicaciones.
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; y de Legislación General.
5. Expte. Nº 91-48.102/23. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Social, realice las gestiones necesarias para poner en funcionamiento un dispositivo de contención y alojamiento nocturno para personas en situación de calle, en la localidad San Ramón de la Nueva Orán, departamento Orán.
Autoría: Dip. Carolina Ceaglio. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Con dictamen de la Comisión de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; y sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
6. Expte. Nº 91-49.969/24. Proyecto de Ley: Propone prohibir el dictado y la promoción de cursos o carreras en materia de salud o educación que no se encuentren debidamente homologadas o certificadas por las autoridades provinciales o nacionales competentes en la materia.
Autoría: Dips. Gladys Paredes, Enzo Alabi, Esteban Amat Lacroix, Gustavo Dantur, Nancy Jaime, Daniel Segura. (Cupo B. Más Salta).
Breve fundamentación: El presente proyecto de Ley, tiene la finalidad de regular la gran oferta educativa de cursos o carreras referidas a Salud y Educación. Es menester exigir que las formaciones que se dicten se encuentren correctamente autorizadas u homologadas para asegurarles a los estudiantes que realmente la capacitación que está haciendo le va a servir en un futuro para ejercer una actividad o conseguir un trabajo. Debemos tener especial cuidado en lo que respecta a las capacitaciones relacionadas a la Salud de las personas. Actualmente se ofrecen formaciones en diferentes carreras que, aunque existen como tales, el plan de estudio o la institución educativa no se encuentran habilitadas, por lo tanto, el título que eventualmente se obtenga no tendrá validez. En otro sentido, sucede que se promocionan carreras que ni siquiera existen como tales y que en el caso de finalizar la formación e intentar ejercer la actividad, se estaría incurriendo en un acto ilegal o irregular. Debe destacarse la proliferación de formaciones en oficios que seguramente promueven la inserción laboral. Sin embargo, cuando se trata de carreras que se refieran a cuestiones educativas y especialmente de salud, debe garantizarse que exista una correcta evaluación y posterior aprobación de los planes de estudio.
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
7. Expte. Nº 91-49.992/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, arbitre las medidas necesarias y declare de manera excepcional a la ciudad de Tartagal, del departamento General San Martín, como Capital de la provincia de Salta el día 13 de junio de 2024, con motivo de la celebración del Centenario de la fecha de su fundación.
Autoría: Dips. Jorge Restom y Edgar Domínguez. (Cupo B. Todos).
Sin dictamen de la Comisión de Cultura y Deporte.
8. Expte. Nº 91-48.264/23. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, incorpore cursos y/o talleres de seguridad vial en la curricula de las escuelas secundarias públicas y privadas de la Provincia.
Autoría: Dip. Gustavo Orozco. (B. Cambia Salta – TAC).
Con dictamen de la Comisión de Educación; y sin dictamen de la Comisión de Seguridad y Participación Ciudadana.
9. Expte. Nº 91-49.936/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos competentes, gestione ante las autoridades del Banco Macro S.A., las medidas que resulten necesarias para la creación, instalación y funcionamiento de una sucursal en el municipio Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia.
Autoría: Dip. Moisés Balderrama. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.