La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques Políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al presidente de la Cámara de Diputados, Esteban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes iniciativas para la 7ª Sesión Ordinaria del corriente año, con el siguiente orden:
1. Expte. Nº 91-49.642/24. Proyecto de Ley: Propone incorporar como artículo 2º bis de la Ley 7965, referente al Registro Provincial de Enfermedades Poco Frecuentes con el objeto de brindar información que permita elaborar y orientar políticas públicas sanitarias en la materia.
Autoría: Dip. PEÑALBA, Patricio. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Breves fundamentos: El 29 de junio del año 2011 se sanciona la Ley Nacional N° 26.689 con el objetivo de promover el cuidado integral de la salud de las personas con Enfermedades Pocos Frecuentes (EPF) mejorando su calidad de vida como así también la de sus familias. En dicha ley se define a EPF como aquellas patologías cuya prevalencia en la población es igual o inferior a una en dos mil (1 en 2000) personas, referida a la situación epidemiológica nacional. Se sospecha que estas enfermedades afectan aproximadamente a 3 millones de personas, de las cuales un 75% son niños. Mediante Resolución 307/2023 se establece el listado de patologías consideradas Poco Frecuentes, superando las 5.800 enfermedades. Dicha ley tiene múltiples objetivos, pero uno de los más importantes a destacar es la de promover el acceso a la salud de las personas con EPF, incluyendo acciones destinadas a la detección precoz, tratamiento y recuperación como así también, coordinar políticas, estrategias y acciones para el cuidado de dichas personas. Mediante la sanción de la Ley Provincial N° 7.695 el 29 de noviembre del año 2016, nuestra provincia adhiere a la Ley Nacional N° 26.689. En dicha adhesión, no se prevé la creación de un Registro Provincial de Enfermedades Poco Frecuentes. Nosotros consideramos importante que nuestra provincia, no solo haya adherido a la Ley Nacional 26.689, sino que deba confeccionar su propio Registro de Personas con EPF con el objetivo de poder tomar medidas adecuadas en Salud Pública.
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
2. Expte. Nº 91-49.549/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta arbitren las gestiones necesarias para incrementar la presencia de efectivos de Gendarmería Nacional en los pasos fronterizos de Aguas Blancas, departamento Orán y Profesor Salvador Mazza, departamento General San Martín.
Autoría: Dip. OLIVA, Sergio. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictamen de la Comisión de Seguridad y Participación Ciudadana
3. Expte. Nº 91-49.652/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, arbitre las medidas necesarias a los fines que se disponga la creación y funcionamiento de una “Extensión Áulica del Instituto de Educación Superior Nº 6050 en la localidad Alto La Sierra.
Autoría: BALDERRAMA, Moisés. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Educación; y de Hacienda y Presupuesto.
4. Expte. Nº 91-48.328/23. Proyecto de Ley: Propone establecer un marco jurídico que reglamente los sistemas de cobranzas extrajudiciales de deudas de cualquier naturaleza, comprendiendo las relaciones de consumo, que respete los derechos personalísimos al honor, a la intimidad y a un trato digno del presunto moroso, como así también, el derecho a la información del artículo 42 de la Constitución Nacional, y evite las conductas de acoso.
Autoría: Dip. VILLAMAYOR, Socorro. (B. Salta Tiene Futuro).
Breves fundamentos: El presente proyecto de Ley tiene por objeto establecer en el ámbito de la provincia de Salta, un marco jurídico que reglamente los sistemas de cobranzas extrajudiciales de deudas de cualquier naturaleza. La iniciativa busca evitar la utilización de métodos intimidatorios, coacciones y hostigamientos para reclamar pagos a presuntos deudores morosos. Es una manera de otorgarles garantías a los consumidores y usuarios que muchas veces sufren este tipo de conductas frente a la demora en el cumplimiento de sus obligaciones de pago, que en muchas ocasiones son erróneamente reclamadas. El texto propuesto establece parámetros claros de actuación y prevé sanciones ante los incumplimientos, con vista a disuadir prácticas controvertidas que son lesivas de derechos. En caso de verificarse la existencia de infracciones e incumplimientos a las disposiciones de la presente ley, serán de aplicación las sanciones previstas en la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor, conforme el procedimiento establecido por la Ley Provincial 7402. La Constitución de Salta, en su artículo 31, establece el derecho de consumidores y usuarios de bienes y servicios a la protección de sus intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Asimismo, impone a las autoridades provinciales el deber de asegurar la protección de esos derechos y la educación para el consumo. En consecuencia, resulta oportuno avanzar con una legislación local al efecto.
Sin dictámenes de las Comisiones de Justicia; de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
5. Expte. Nº 91-49.603/24. Proyecto de Ley: Propone adherir al Decreto Nacional N° 55/24, por el cual se declara al año 2024 como el “Año de la Defensa de la Vida, la Libertad y la Propiedad”.
Autoría: Dips. CORNEJO AVELLANEDA, Roque y GALLEGUILLOS, Griselda (Cupo cedido al B. Ahora Patria).
Breves fundamentos: Teniendo claro que la República Argentina ampara el derecho a la vida, toda vez que es un derecho inherente a la persona humana. Nuestra Constitución Nacional establece ya en Preámbulo el deber del Estado de asegurar los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación, afianzando la justicia y consolidando la paz interior. Se impulsa la presente medida con el fin de promover, concientizar y resaltar la importancia y el significado de los valores de la Defensa de la Vida, de la Libertad y de la Propiedad.
Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; de Hacienda y Presupuesto; de Asuntos Municipales y Transporte; y de Legislación General.
6. Expte. Nº 91-48.870/23. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, arbitre los medios necesarios para implementar en los hospitales públicos residencias para madres que permanezcan en el establecimiento, cuando se requiera la internación del recién nacido.
Autoría: Dip. SECO, Gloria. (B. Salta Tiene Futuro).
Con dictamen de la Comisión de Salud; y sin dictamen de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
7. Expte. Nº 91-49.481/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Instituto Provincial de Vivienda realice el reclamo correspondiente a la empresa encargada de la construcción de las 25 viviendas en la localidad El Galpón, departamento Metán, por las deficiencias edilicias que presentan las mismas.
Autoría: Dip. JAIME, Nancy. (B. Más Salta).
Sin dictamen de la Comisión de Obras Públicas.
8. Expte. Nº 91-49.635/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, los Diputados Nacionales y Senadores Nacionales por Salta, soliciten al Gobierno Nacional la reconsideración del cierre del Consejo Nacional de Agricultura Familiar y del Instituto de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.
Autoría: Dip. RESTOM, Jorge , CEAGLIO, Carolina, DE VITA, Isabel, GÓMEZ, Pablo, MENDAÑA, Luis (Cupo B. Todos).
Sin dictámenes de las Comisiones de Hacienda y Presupuesto; de Producción; y de Diversidad Cultural, Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario.
9. Expte. Nº 91-49.649/24. Proyecto de Declaración: Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre las gestiones necesarias para llevar a cabo la creación y apertura de la Universidad Abierta de la Tercera Edad (UNATE) en la localidad San Ramón de la Nueva Orán, departamento Orán.
Autoría: Dip. CEAGLIO, Carolina. (B. J. Gustavo Sáenz Conducción).
Sin dictámenes de las Comisiones de Derechos Humanos, Personas Mayores y Defensa del Consumidor; de Educación; y de Hacienda y Presupuesto.