La presente Acta de Labor Parlamentaria está integrada por proyectos propuestos por los Bloques Políticos, los cuales solamente serán considerados en el recinto si cuentan con los dictámenes emitidos por las comisiones respectivas, en razón de lo cual los presidentes de Bloques elevan al Presidente de la Cámara de Diputados, Estéban Amat Lacroix, para incorporar en la misma las siguientes solicitudes para la sesión ordinaria del día 27 de septiembre del corriente año, con el siguiente orden:
I. SENADO
Proyecto de Ley en revisión: Expte. 90-30.534/21.
Propone la restitución de derechos para el acceso al trabajo de personas que han sido víctimas de trata y explotación en sus distintas modalidades.
Sin dictámenes de las Comisiones de Asuntos Laborales y Previsión Social; de Derechos Humanos; de la Mujer; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
II. DIPUTADOS
1. Proyecto de Ley: Expte. 91-45.429/22.
Propone establecer la obligatoriedad de la detección de cardiopatías congénitas graves en los recién nacidos.
Autores: Dips. Esteban Amat, Germán Rallé, Gonzalo Caro Dávalos, Laura Cartuccia, Patricia Hucena y Martín Pérez (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción)
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: La Ley 26.279 consagra la obligación para todos los establecimientos de salud del país, sin distinción entre públicos o privados, de practicar los análisis necesarios para la detección de diversas patologías que, de no ser advertidas y tratadas a tiempo; pueden significar perjuicios, a veces irreparables, para la salud del recién nacido. Asimismo hace referencia expresamente a males como hipotiroidismo neonatal, chagas, sífilis, entre muchos otros, haciendo obligatorio el seguimiento médico una vez detectados. También incluye otras anomalías, si existe justificación científica o lo imponen razones de política sanitaria.
2. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.790/22.
Que vería con agrado que el Ente Nacional de Comunicaciones, ARSAT y el Poder Ejecutivo Provincial, arbitren las medidas necesarias a los fines que se provea del servicio de internet a escuelas y colegios del municipio Rivadavia Banda Sur, que carecen de conectividad.
Autor: Dip. Moisés Balderrama (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción)
Sin dictámenes de las Comisiones de Minería, Transporte y Comunicaciones; y de Hacienda y Presupuesto.
3. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.762/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial disponga las medidas necesarias para que las autoridades del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) celebre un convenio con alguna farmacia local para que los afiliados puedan acceder al descuento en medicamentos en el municipio Embarcación, departamento General San Martín.
Autora: Dip. Ana Laura Córdoba (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción)
Sin dictamen de la Comisión de Salud.
4. Proyecto de Ley: Expte. 91-46.501/22.
Propone adherir a la Ley Nacional 27.671, que establece la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la "Cuestión de las Islas Malvinas" para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial de la provincia de Salta.
Autor: Dip. Juan Carlos Roque Posse (Bloque Salta Tiene Futuro).
Sin dictámenes de las Comisiones de Legislación General; y de Hacienda y Presupuesto.
Breve fundamentación: La Ley 27671 fue sancionada por la Cámara de Diputados el 16 de junio de 2022, y promulgada mediante el decreto 363/2022, publicado en el Boletín Oficial. En su artículo 1°, la Ley 27671 establece «la capacitación obligatoria, periódica y permanente en la ‘Cuestión de las Islas Malvinas’ para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación». La adhesión de la Provincia de Salta a la Ley Nacional permitirá la formación y concientización ciudadana sobre la Cuestión de las Islas Malvinas a los fines de mantener y renovar el reclamo permanente y legítimo de soberanía de las Islas Malvinas fundado en el conocimiento de sus argumentos históricos, geográficos, ambientales, jurídicos y políticos, así como el reconocimiento permanente a nuestros héroes caídos y Veteranos y Veteranas de Guerra de Malvinas.
5. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.637/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, prevea la instalación de un Centro de Día para asistir a las personas afectadas por adicciones, en cada municipio del departamento Anta.
Autor: Dip. Orlando Escobar (Bloque Justicialista Gustavo Sáenz Conducción)
Sin dictámenes de las Comisiones de Prevención de Consumos Problemáticos; y de Hacienda y Presupuesto.
6. Proyecto de Declaración: Expte. 91-46.644/22.
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el Plan de Obras Públicas Ejercicio 2023, la construcción de un tinglado para la Escuela de Comercio N° 5012 “Fragata Libertad” de la ciudad de Hipólito Yrigoyen, departamento Orán.
Autora: Dip. Claudia Seco (Bloque Salta Tiene Futuro).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; y de Educación.
7. Expte. 91-46.420/22. Proyecto de Ley:
Propone adherir a la Ley Nacional 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable.
Autora: Dip. Isabel De Vita (Bloque Todos).
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: El objetivo del proyecto de Ley es suprimir la promoción de alimentos evidenciando mediante carteles que advierten en los productos alimenticios el exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías en comestibles procesados y ultraprocesados. De este modo se busca que exista un consumo informado, al que los expertos calificaron como un derecho de la sociedad. Cuatro de cada 10 productos tienen exceso de nutrientes críticos, pero aparecen como fuente de vitaminas y minerales. La industria alimentaria usa estrategias que han llevado a las infancias a un patrón alimentario en niños, niñas y adolescentes que es peor que en los adultos, ya que consumen un 40% de bebidas azucaradas, el doble de productos de copetín y el triple de golosinas, según la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNYS).
8. Proyecto de Ley: Expte. 91-46.800/22.
Propone autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación, por el término de 5 años a la Municipalidad de San José de Metán, departamento Metán, el inmueble de propiedad de la Provincia, identificado con la Matrícula Nº 8.620, para ser destinado a la construcción de un Museo de los Gauchos.
Autora: Dip. Nancy Jaime (Bloque Más Salta).
Sin dictámenes de las Comisiones de Obras Públicas; de Hacienda y Presupuesto; de Cultura; y de Legislación General.
Breve fundamentación: El proyecto de Ley autoriza al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación por el término de 5 (cinco) años a favor de la Municipalidad de San José de Metán, departamento Metán, inmueble propiedad de la provincia, identificado con la Matrícula N° 8.620. La cesión del inmueble denominado “Finca Quinta Concha”, que pertenece al Gobierno de la Provincia de Salta, permitirá que los Fortines Gauchos, pertenecientes a la Agrupación Tradicionalista de Salta “Gauchos de Güemes” que integran la Avanzada del Sur de Salta, puedan utilizar este predio, actualmente abandonado, para revalorizar y mantener vivas las costumbres y tradiciones gauchas, y por sobre todo, la historia de la acción de guerra de la Independencia que se desarrolló a partir del Campamento Principal del General Martin Miguel de Güemes en Conchas.
9. Proyecto de Ley: Expte. 91-46.297/22.
Propone modificar el artículo 2° de la Ley 7.600, por el que el Instituto Provincial de Salud de Salta deberá brindar las prestaciones básicas de atención integral, de acuerdo al nomenclador, para personas con discapacidad.
Autores: Dips. Julieta Perdigón, Roque Ramón Cornejo, y Cristina Fiore (Bloque Ahora Salta).
Sin dictámenes de las Comisiones de Salud; de Derechos Humanos; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Breve fundamentación: Evidentemente, y tal como surge de la jurisprudencia de la Corte de Salta el IPSS no puede establecer un nomenclador con valores inferiores al nomenclador nacional ya que implica restringir, en perjuicio de sus afiliados, en un gran porcentaje “forzosos”, la cobertura integral establecida por el plexo normativo que gira en torno de la ley 24.901. Por ello y a fin de garantizar tales derechos resulta preciso incorporar a la Ley 7.600 una disposición que claramente establezca la obligación del Instituto Provincial de Salud de Salta de aplicar el nomenclador nacional para la determinación de los valores prestacionales, tal como lo ha ordenado y lo viene ordenando de manera pacífica la jurisprudencia de la Corte de Justicia de Salta.